Cargo que no hiciste en tu tarjeta de crédito: ¿lo pago?
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Si pides la aclaración de un cargo en tu tarjeta de crédito, no pagas ese monto hasta que se resuelva, sin moratorios ni reporte al Buró (LTOSF art. 23).
Tu derecho a no pagar el cargo en aclaración
Cuando presentas la solicitud de aclaración, tienes derecho a no pagar la cantidad que reclamas, ni cualquier otra relacionada con ella, hasta que se resuelva (LTOSF art. 23 I).
Si al final el banco demuestra que el cargo procede, pagas el monto con sus intereses ordinarios, pero nunca intereses moratorios ni otros accesorios por haber suspendido el pago (LTOSF art. 23 II).
Mientras tanto, no te pueden reportar como deudor en el Buró de Crédito por ese monto (LTOSF art. 23 V). Sigue pagando el resto de tu tarjeta normalmente.
Si es un banco: tu dinero de vuelta en 2 días hábiles
Si tu tarjeta es de un banco (BBVA, Santander, Banorte, Banamex, HSBC, Scotiabank…) y reclamas dentro de 90 días naturales desde el día del cargo, el banco debe abonarte el monto a más tardar el segundo día hábil bancario después de tu reclamación, sin trámites extra (Banco de México: Circular 3/2012 art. 19 Bis 3 para débito; Circular 34/2010 numeral 3.4 para crédito).
Solo puede negarse si, en ese mismo plazo, te entrega un dictamen que demuestre que la operación se hizo con al menos dos factores de autenticación.
Ojo: para esta regla, los 90 días se cuentan desde el cargo, no desde la fecha de corte. Y no tienes que reclamar en 48 horas: tienes 90 días. Los 2 días hábiles son el plazo del banco para abonarte.
Qué hacer, paso a paso
1. Bloquea tu tarjeta en la app o por teléfono. Si te lo dan, anota el folio del reporte.
2. Haz captura de tu estado de cuenta o de los movimientos que no reconoces.
3. Presenta por escrito una solicitud de aclaración en la Unidad Especializada (UNE) de tu banco: en la app, por correo o en sucursal. Tienes 90 días naturales desde la fecha de corte o desde el cargo (LTOSF art. 23 I).
4. Exige tu acuse de recibo con folio. Tu banco tiene 45 días para entregarte el dictamen por escrito, con copia de las pruebas (LTOSF art. 23 II).
5. Si no te contestan o te dicen que no sin pruebas, presenta una queja gratuita ante la CONDUSEF.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cobrar intereses por no pagar el cargo en aclaración?
Moratorios no. Si el cargo resulta procedente, solo los intereses ordinarios pactados (LTOSF art. 23 II).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cargo que no reconozco?
90 días naturales desde la fecha de corte o desde el día de la operación (LTOSF art. 23 I).
¿Cuánto tarda el banco en responder una aclaración?
Máximo 45 días, o 180 si la operación fue en el extranjero, y por escrito (LTOSF art. 23 II).
Fuentes
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 I
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 II
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 V
- Banco de México, Circular 3/2012: Banco de México: Circular 3/2012 art. 19 Bis 3 para débito
- Banco de México, Circular 34/2010: Circular 34/2010 numeral 3.4 para crédito
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Revisar mi cargo gratisNo somos abogados: te ayudamos a usar los derechos que ya te da la ley. Fuente: Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), arts. 3 y 23. No somos la CONDUSEF ni un banco. · otras guías.