Suscripción o cargo recurrente que no autoricé
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Te cobran cada mes algo que no autorizaste: cancélalo con el comercio, pide la aclaración en 90 días y exige respuesta por escrito en 45 (LTOSF art. 23).
Primero, detén los cobros
Identifica quién cobra (el nombre en tu estado de cuenta) y cancela la suscripción directo con el comercio o la app. Guarda la confirmación de la cancelación.
Revisa si aceptaste el cobro al registrarte, por ejemplo en una prueba gratis. Si de verdad no lo autorizaste, sigue con la aclaración. Nunca compartas con nadie tu NIP, tus contraseñas ni los códigos que te llegan por SMS, y no mandes el número completo de tu tarjeta por chat o correo. En Reclámalo tampoco te los pedimos.
Tu derecho a pedir la aclaración
La ley incluye la domiciliación entre los medios de disposición (LTOSF art. 3 XII). Puedes pedir por escrito la aclaración de cualquier cargo que no reconozcas, dentro de 90 días naturales, con acuse de recibo (LTOSF art. 23 I).
Tu institución debe responderte por escrito en máximo 45 días, con copia de las pruebas (LTOSF art. 23 II).
Ojo con tarjeta de crédito: las reglas del Banco de México dicen que el banco puede seguir exigiendo los cargos recurrentes que tú autorizaste antes (Circular 34/2010 numeral 3.3). Por eso conviene dejar claro por escrito que ese cobro no lo autorizaste.
Qué hacer, paso a paso
1. Guarda capturas del movimiento en tu app o estado de cuenta (monto, fecha, hora y nombre del comercio o beneficiario).
2. Presenta por escrito la solicitud de aclaración a tu banco o app financiera y exige tu acuse con folio, dentro de 90 días naturales (LTOSF art. 23 I).
3. Tu institución debe darte el dictamen por escrito, con copia de las pruebas, en máximo 45 días (LTOSF art. 23 II).
4. Si no te contestan o te rechazan sin pruebas, presenta una queja gratuita ante la CONDUSEF.
Preguntas frecuentes
¿Puedo reclamar un cargo mensual que no autoricé?
Sí: pide por escrito la aclaración dentro de 90 días naturales (LTOSF art. 23 I) y exige respuesta por escrito con pruebas en máximo 45 días (LTOSF art. 23 II).
¿Y si acepté una prueba gratis y no la cancelé?
Entonces el comercio puede decir que lo autorizaste. Igual puedes pedir la aclaración y que tu institución te responda con pruebas, pero no hay garantía de que te devuelvan el dinero. Cancela ya para que no se repita.
¿Sirve si mi cuenta es de una app como Nu, Mercado Pago o Klar?
Sí: la ley incluye bancos, sofipos, sofomes, cooperativas e instituciones de tecnología financiera (LTOSF art. 3 IX), y el procedimiento de aclaración es el mismo (LTOSF art. 23).
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cargo que no reconozco?
90 días naturales desde la fecha de corte o desde el día de la operación (LTOSF art. 23 I).
¿Cuánto tarda el banco en responder una aclaración?
Máximo 45 días, o 180 si la operación fue en el extranjero, y por escrito (LTOSF art. 23 II).
Fuentes
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 3 XII
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 I
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 23 II
- Banco de México, Circular 34/2010: Circular 34/2010 numeral 3.3
- Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), texto vigente de la Cámara de Diputados, última reforma DOF 14-11-2025: LTOSF art. 3 IX
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Revisar mi cargo gratisNo somos abogados: te ayudamos a usar los derechos que ya te da la ley. Fuente: Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros (LTOSF), arts. 3 y 23. No somos la CONDUSEF ni un banco. · otras guías.